Subvención de 1.000€ para Autónomos

La Junta de Andalucía en el día de ayer, lunes dia 24de noviembre, decidió ampliar los CNAEs que pueden pedir la subvención de 1000€.

A continuación os vuelvo a poner un resumen de la ayuda y al final el listado actualizado de CNAEs que pueden optar a pedirla. Si vosotros os encontráis entre ellos y además cumplís los requisitos, comunicárnoslo lo antes posible para proceder a solicitarla.

Cualquier duda que os surja al respecto estamos a vuestra disposición para resolvérosla.

El plazo de solicitud es hasta el 29 de noviembre
Ayudas a trabajadores autónomos de los sectores de la hostelería, pequeño comercio, servicios de peluquería de señora y caballero, transporte por taxi, feriantes y los sectores contenidos en el Anexo

Beneficiarios/as y requisitos
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, con domicilio fiscal en Andalucía, que estuvieran dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, en la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y se encuentren en alguno de los supuestos que se relacionan a continuación:

a) Sectores de hostelería, pequeño comercio, servicios de peluquería de señora y caballero o transporte por taxi. Requisitos:

l Que a la fecha en la que se inicie el plazo de presentación de solicitudes desarrollen una actividad de las seleccionadas en el anexo 1

l Que no sean beneficiarias de cualquiera de las prestaciones extraordinarias de cese de actividad, de medidas sociales en defensa del empleo, de la prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia o de la prórroga de las prestaciones.

l La condición de no ser beneficiaria de una prestación por cese de actividad, así como, la obligación de comunicarlo al órgano gestor de obtenerse esta condición con posterioridad a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud. Su incumplimiento determinará el reintegro de la cuantía de la ayuda, en el supuesto de haberse percibido.

b) Sector de feriantes. Requisitos:

l Que a la fecha en la que se inicie el plazo de presentación de solicitudes desarrollen una actividad de las seleccionadas en el anexo 1

l Las subvenciones reguladas en las letras a (sectores de hostelería, pequeño comercio, peluquerías y transporte por taxi) y b (sector de feriantes) serán incompatibles entre sí.

l Las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que soliciten las subvenciones reguladas en el presente decreto-ley, solo podrán serlo por una sola vez, para la misma convocatoria, con independencia de que desarrollen varias actividades identificadas con distintos CNAE y epígrafes de IAE.

Exclusivamente para los sectores de la hostelería, del comercio y del transporte por taxi, los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado tendrán derecho igualmente a esta subvención, siempre que reúnan los requisitos y condiciones establecidos en este artículo y no se hallen incursos en ninguna de sus prohibiciones.

Quedan excluidas, para todos los sectores (hostelería, pequeño comercio, servicios de peluquería de señora y caballero y transporte por taxi) que ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista.

Las personas beneficiarias estarán obligadas a mantener su condición de persona trabajadora por cuenta propia o autónoma, continuando de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos ininterrumpidamente durante, al menos, tres meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes.

Cuantía
La subvención consiste en una cuantía, a tanto alzado, de 1.000 euros.

Compatibilidad
Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que se concedan para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de la Unión Europea o de otros Organismos Internacionales, siempre que el importe de las mismas, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas no supere el importe de la subvención.

Expresamente, estas subvenciones son compatibles con las ayudas reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva del Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía y se modifica la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.

Estas subvenciones son también compatibles con las reguladas en el Capítulo I del Decreto-Ley 9/2020, de 15 de abril, por el que se establecen medidas urgentes complementarias en el ámbito económico y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), así como, en el Capítulo I del Decreto-ley 24/2020, de 22 de septiembre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan medidas en materia de empleo y servicios sociales, como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19)

Plazo y presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será hasta el día 29 de noviembre.

Relación de actividades económicas subvencionables (artículo 5.1 del decreto-ley)

4743 Comercio al por menor de equipos de audio y vídeo en establecimientos especializados

4751 Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados

4752 Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados

4753 Comercio al por menor de alfombras, moquetas y revestimientos de paredes y suelosen establecimientos especializados

4754 Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos en establecimientos especializados

4759 Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados

4761 Comercio al por menor de libros en establecimientos especializados

4762 Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados

4763 Comercio al por menor de grabaciones de música y vídeo en establecimientos especializados

4764 Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados

4765 Comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados

4771 Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados

4772 Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados

4775 Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos en establecimientos especializados

4776 Comercio al por menor de flores, plantas, se

millas, fertilizantes, animales de compañía

y alimentos para los mismos en establecimientos especializados

4777 Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados

4778 Otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados

4779 Comercio al por menor de artículos de segunda mano en establecimientos

4782 Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos
de venta y en mercadillos

4789 Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y en mercadillos

4799 Otro comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta

ni en mercadillos

5510 Hoteles y alojamientos similares

5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia

5530 Campings y aparcamientos para caravanas

5590 Otros alojamientos

5610 Restaurantes y puestos de comidas

5621 Provisión de comidas preparadas para eventos

5629 Otros servicios de comidas

5630 Establecimientos de bebidas

4932 Transporte de taxi

7420 Actividades de fotografía

7911 Actividades de las agencias de viajes

7912 Actividades de los operadores turísticos

7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos

8219 Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina

8230 Organización de convenciones y ferias de muestras

9001 Artes escénicas

9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas

9003 Creación artística y literaria

9004 Gestión de salas de espectáculos

9311 Gestión de instalaciones deportivas

9313 Actividades de los gimnasios

9319 Otras actividades deportivas

9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento

9601 Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel

9602 Peluquería y otros tratamientos de belleza

9604 Actividades de mantenimiento físico

1413 Confección de otras prendas de vestir exteriores

8690 Otras actividades sanitarias

4611 Intermediarios del comercio de materias primas, animales vivos, materias primas textiles
y productos semielaborados

4612 Intermediarios del comercio de combustible, minerales, metales y productos químicos industriales

4613 Intermediarios del comercio de la madera y materiales de construcción 

4614 Intermediarios del comercio de maquinaria, equipos industriales, embarcaciones y aeronaves

4615 Intermediarios del comercio de muebles, artículos para el hogar y ferretería

4616 Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos
de cuero

4617 Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabacos

4618 Intermediarios del comercio especializados en la venta de otros productos específicos

4619 Intermediarios del comercio de productos diversos

4762 Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados

4764 Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados

4321 Instalaciones eléctricas

4322 Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado

4329 Otras instalaciones en obras de construcción

4332 Instalaciones de carpintería

4334 Pintura y acristalamiento

4931 Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros

4941 Transporte de mercancías por carretera

4942 Servicios de mudanza

6810 Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia

6831 Agentes de la propiedad inmobiliaria

6832 Gestión y administración de la propiedad intelectual

6820 Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia

5912 Actividades de postproducción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión

5914 Actividades de exhibición cinematográfica

5915 Actividades de producción cinematográfica y de vídeo

5916 Actividades de producciones de programas de televisión

5917 Actividades de distribución cinematográfica y de vídeo

5918 Actividades de distribución de programas de televisión

IAE IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

O18 Artistas de circo

663 Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de productos alimenticios, incluso bebidas y helados

674 Servicios especiales de restaurante, cafetería y café-bar

972.1 Servicios de peluquería de señora y caballero

982.2 Tómbolas y rifas autorizadas, fuera de establecimiento permanente

982.4 Otras atracciones, comercio al por menor y servicios de restauración propios de ferias
y verbenas, fuera de establecimiento permanente

861 sección 2 Pintores, Escultores, Ceramistas, Artesanos, Grabadores y artistas similares

Ballemar Consultores Casares-Manilva
Asesoría en Casares y Asesoría en Manilva para autónomos y empresas.
Gestoría de vehículos.
Impuestos para no-residentes.

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